Tres años de injusticia para Bernardo Caal Xol,
defensor ambiental de Guatemala.
Publicado: 24 Febrero
2021
El activista comunitario
fue encarcelado por defender los bienes naturales del pueblo q’eqchi’. El líder
se opuso a la construcción de dos hidroeléctricas de la empresa Oxec S.A.,
quien taló 15 hectáreas de bosque, destruyó 3 cerros sagrados y está dejando
sin agua a las comunidades.
Bernado Caal Xol,
defensor ambiental del pueblo maya q’eqchi’, cumplió tres años de prisión por
el supuesto cometimiento de los delitos detenciones ilegales con circunstancias
agravantes y robo agravado. El caso del líder comunitario está relacionado con
su defensa de los Ríos Cahabon y Oxec, en el departamento norteño de Alta
Verapaz, por la construcción de hidroeléctricas de la empresa Oxec S.A.
Desde un inicio, el
proceso judicial en contra del líder q’eqchi’ estuvo viciado por jueces del
caso, el Ministerio Público (MP) y testigos de la empresa NETZONE (contratada
por OXEC S.A.), según han denunciado organizaciones de la sociedad civil y
organismos internacionales.
La Alianza Regional
Frente a la Minería Metálica (Acafremin) preparó una cronología del caso de
Bernardo Caal Xol, su defensa por el medio ambiente y su injusta
criminalización y penalización por oponerse a la empresa extractiva.
2015:
Comunidades Q’eqchi’s de
Santa María Cahabón descubre la construcción de una hidroeléctrica sobre los
Río Oxec y Cahabón. Los habitantes acuden a la municipalidad y la Procuraduría
de Derechos Humanos (PDH) para solicitar información de lo que ocurre en los
ríos.
Bernardo Caal Xol, y
otras autoridades Q’eqchi’, son designados para representar al pueblo y otras
56 comunidades. Los líderes denunciaron los delitos: violación a los derechos
de información y consulta por las licencias ambientales a la empresa, la tala
de 15 hectáreas de bosques y la destrucción de tres cerros sagrados, el despojo
de tierra por las construcciones, el secuestro del agua de los pobladores y la
apropiación de un baldío nacional. Las acusaciones llegaron ante la PDH, MP,
Procuraduría General de la Nación (PGN), la Oficina de Control de Áreas de
Reservas del Estado (OCRET) y la Comisión Internacional contra la Impunidad
(CICIG).
En diciembre, el líder
interpone dos Amparos: una por la defensa del derecho a la consulta de los
pueblos indígenas y otro en contra del Ministerio de Energía y Minas (MEM) por
concesionar los ríos.
Ante la denuncia, La
empresa OXEC S.A. reaccionan amenazando sistemáticamente a los opositores del
proyecto, a través de campaña de estigmatización y difamación.
2016:
Corte Suprema de Justicia
(CSJ) otorga un amparo provisional a favor de las comunidades y suspende las
licencias de los proyectos Oxec y Oxec II. La CSJ tambien ordena al Ministerio
de Energía y Minas que realice las debidas consultas a las comunidades
Q’eqchi’.
Las empresas Oxec y el
MEM apelan ante la Corte Constitucional (CC) y presenta pruebas falsas de una
consulta pública. Ante eso, la CSJ revocó el amparo provisional contra los
proyectos.
Con más de 4 mil firmas,
las comunidades Q’eqchi’ solicitaron una Consulta Municipal de Vecinos,
amparado al Código Municipal y el Convenio 169 de la OIT. La convocatoria
estaba para el 31 de julio.
OXEC S.A. interpone un
amparo en contra de la consulta comunitaria. Cesar Adolfo González, juez de
primera instancia de Cobán, suspende la consulta y da un amparo provisional a
la empresa. Aumenta la campaña de difamación en Medios Escritos, radiales y
televisivos en contra de Bernardo Caal.
2017:
El 4 de enero, la CSJ
otorgó amparo definitivo a favor de Bernardo Caal y suspende las licencias de
los proyectos Oxec. Además, ordena a MEM a realizar consultas públicas.
Ante la decisión de la
CSJ, la empresa y MEM apelan ante la CC. Inician campañas de presión política
contra los magistrados de la Corte. Además, arrecia campañas violentas de
criminalización y difamación contra Bernardo Caal, Ana Rutilia Ical y el
Colectivo Madreselva.
La empresa fabricó una
acusación falsa en contra de Bernardo Caal por el delito de Delito Especial de
Estafa. El 27 de marzo, el Ministerio Público emitió una orden de captura
contra del ambientalista, con el fin de paralizar su lucha social.
Bernardo Caal se presenta
voluntariamente a los tribunales y demostró que no cometió delito. El juez
Isaías Caal Caal ordenó al Ministerio Público que siguiera las investigaciones.
El 26 de mayo, la CC
emitió una mega sentencia: 1) OXEC violó los derechos de las comunidades
Q’eqchi’ y otorgó amparo a Bernardo Caal Xol; 2) fija un plazo de un año
prorrogable al MEM para realizar la consulta; 3) no suspende la operación y
construcción de los proyectos Oxec, tal como reclamaban las comunidades; 4)
establece pautas restrictivas para las consultas basadas en Convenio 169 de la
OIT.
La sentencia fue rechazada
por comunidades del pueblo Q’eqchi’ y deciden realizar una “Consulta de Buena
Fe” en las 195 comunidades de Cahabón.
El 27 de agosto, el
Consejo de Autoridades Ancestrales convoca a la “Consulta de Buena Fe”. El
resultado de consulta comunitaria fue: 26,537 votos en contra del proyecto
hidroeléctrico de OXEC S.A.; 12 votos a favor de la empresa, y 5 abstenciones.
La consulta está en
proceso de validación, ratificación y publicación de la municipalidad. OXEC
S.A. solicita la aprobación de un estudio de impacto ambiental para construir
OXEC III, sobre el Río Cahabón.
El MEM realiza una
supuesta consulta pública fuera del municipio de Cahabón, excluyendo la
participación de las comunidades Q’eqchi’. La CC aún está revisando los
resultados de la consulta.
2018:
En enero, el juez Isaías
Caal Caal emite una segunda orden de captura contra el activista por los
supuestos delitos de delitos, robo agravado, detención ilegal e incitación a
delinquir. La denuncia fue interpuesta por trabajadores de la empresa NETZONE,
contratada por OXEC S.A.
El 30 de enero, Bernardo
fue detenido por agentes de la DEIC (PNC), despues de presentarse a la
audiencia.
El 9 de noviembre,
Bernardo Caal fue condenado a 7 años de prisión por el cometimiento del segundo
delito. Desde esa fecha, el activista comunitario guarda prisión injustamente
por oponerse al proyecto hidroeléctrico de OXEC S.A. sobre los Ríos Cahabon y Oxec.
2019-2020:
Durante todo el año, los
abogados de Bernardo Caal apelaron a la condena; sin embargo, los magistrados
se excusaban para retrasar el proceso en favor del activista ambiental.
Ante el retraso malicioso
de los magistrados, estos tramitan el traslado del caso a la superintendencia
de tribunales, la cual envía el proceso de apelación a los juzgados del
departamento de El
Quiché, sin tener fecha de programación y notificación.
En febrero de 2019, bajo
el argumento de que debido a la pandemia causada por el COVID 19, la CSJ
declaró que todas las audiencias quedan suspendidas hasta nuevo aviso,
prolongando el proceso y la tortura del encarcelamiento de Bernardo Caal.
El 7 de septiembre 2020,
los Magistrados de la Sala 6.ª de Apelaciones del ramo penal, en Alta Verapaz,
rechazó la solicitud de Bernardo Caal y revocaron la posibilidad de pago de
fianza para que Bernardo recobrar la libertad por el primer delito de detención
ilegal. La resolución de los magistrados ratifica la injusta condena de siete
años y cuatro meses.
Amnistía Internacional,
movimiento global sobre derechos humanos, catalogaron a Bernardo Caal como
preso de conciencia, pidiendo la libertad del activista y una investigación del
Ministerio Público hacia los funcionarios judiciales que condenaron al
ambientalista.
Asimismo, experto de
Naciones Unidas (ONU) expresaron su preocupación por el encarcelamiento de un
líder indígena y defensor de los derechos humanos en Guatemala tras su
oposición a un proyecto de represa hidroeléctrica.